EAD Trust — Noticeman

Correo electrónico certificado

Con justificante de contenido, acuse de recibo, de lectura y de descarga

Burofax, Notific@, SISNOT, PLATINO, eNOTUM, LexNet y otras formas de notificar

Los Servicios de Notificaciones Telemáticas Seguras (SNTS)  llevan cierta tradición en España. 

Permiten el envío de comunicaciones escritas y mensajes en general a los interesados siguiendo las reglas y protocolos oficiales de la notificación electrónica.

Una de las primeras normas en regularlas fue el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, en desarrollo del artículo 59 de la Ley Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Posteriormente se perfeccionó el marco jurídico de las notificaciones telemáticas con la publicación del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, que finalmente fue derogado por el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, que desarrolla la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Los artículo 36 a 40 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, definen el marco actual de notificaciones en el sector público.

Los sistemas de gestión de notificaciones, resumidamente, deberán realizar el aviso al receptor de la notificación (interesado) y por otra permitir el acceso electrónico a la lectura de las notificaciones. El sistema deberá dejar constancia de la recepción, acceso y lectura de las notificaciones por parte del usuario, y acreditar el contenido de la notificación. 

Entre los sistemas de notificaciones que utilizan las diferentes administraciones se pueden citar:

  • El sistema de notificaciones electrónicas e-Notum permite recibir las notificaciones oficiales de la Generalitat de Catalunya por medios electrónicos. Se requiere el uso de un certificado digital personal clasificado con al menos "nivel 3" 
  • Notific@ de la Junta de Andalucía es un Sistema de Notificaciones confiable para dirigir correspondencia hacia aquellos organismos o empresas que se acojan a este servicio.
  • El Servicio de Notificaciones Electrónicas de PLATINO del Gobierno de canarias permite realizar notificaciones al ciudadano de forma telemática garantizando la validez jurídica de la notificación de la misma manera que si se realizará por los sistemas tradicionales de envío por correo certificado.
  • El Ministerio de hacienda y Administraciones Públicas junto con Correos ponen a disposición de los Organismos Emisores el “Sistema de Integración al Servicio de Notificaciones” (SISNOT),  que gestiona el ciclo de vida de las notificaciones emitidas por aplicaciones cliente y la comunicación con el Servicio de Notificaciones Telemáticas Seguras (SNTS); encargado de hacérselas llegar al ciudadano
En rigor, los servicios privados, como Noticeman son preferibles para los ciudadanos, porque no están diseñados para favorecer a las administraciones públicas notificadores sino a las personas y entidades notificadas, lo que añade un plus de seguridad jurídica por la independencia como tercero de confianza de EADTrust, prestador del servicio.
 
Cumple las mismas funciones que los sistemas de Dirección Electrónica Habilitada y está mejor alineado con el Reglamento relativo a la identificación electrónica y servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (norma europea de obligado cumplimientos en todos los países de la Unión Europea).
 
¿Y el burofax? Aunque no forma parte del sistema de presunciones definido por ley para los servicios de Prestador de Servicio Postal Universal, el sistema de burofax está ampliamente refrendado en múltiples sentencias. Los sistemas equivalentes, como el servicio Noticeman se benefician de mejores precios y de la posibilidad de notificar a direcciones de correo electrónico.
 
¿Puede decirse lo mismo del fax? Aunque existe jurisprudencia contradictoria, por la posibiliad de modificar la configuración de un equipo de fax para cambiar la denominación del titular, o la fecha, y la dificultad para asegurar la identidad de la persona que recibió un envío de fax y el contenico, una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (la 58/2010, de 4 de Octubre) analiza la eficacia de las comunicaciones por fax específicamente en el ámbito procesal. 
 
En el citado ámbito procesal se ha definido el sistema Lexnet, creado por Real Decreto 84/2007, de 26 de enero, sobre implantación en la Administración de Justicia del sistema informático de telecomunicaciones Lexnet para la presentación de escritos y documentos, el traslado de copias y la realización de actos de comunicación procesal por medios telemáticos.
 
LexNet es una plataforma de intercambio seguro de información entre los órganos judiciales y diversos operadores jurídicos que, en su trabajo diario, necesitan intercambiar documentos judiciales (notificaciones, escritos y demandas).
 
El sistema, específico para la gestión procesal, se aleja del resto de los sistemas de notificación mencionados, de uso más abierto.
 
Para saber más sobre los sistemas de notificaciones o contratar Noticeman llame al +34 91 716 0555.